Con oficio Quito D, M, a 20 de diciembre del 2018
Oficio No 230-Pre-CECCYT-AN-2018, la presidenta de la Asamblea Nacional tiene
en su despacho, el primer informe de la Ley Reformatoria de la LOEI, documento
colgado en la web de la Asamblea para conocimiento público, Pondremos a consideración las observaciones puntuales para coadyuvar al desarrollo
de la educación ecuatoriana .
La Función de la Asamblea es interpretar
y normalizar todo el artículo en la Ley reformatoria de la LOEI, La comisión de
Educación de la Asamblea lo ha invocado con acierto la primera parte del
Artículo 26 de la Constitución 2018, para fundamentar el ámbito de la LOEI,
pero no pone y acierta con el otro acápite, es el derecho complementario que
dice: “Las personas, las familias y la
sociedad tienen el derecho y la responsabilidad de participar en el proceso
educativo.” El texto antedicho no lo acerca a la norma y no es una cuestión
menor. No, in-visibilizar esta norma fundamental del derecho constitucional, será
necesario para las personas, las familias
y la sociedad en su conjunto participar del proceso educativo del país independientemente
de su vinculación con los centros educativos como actores, incluirlo en este u
otro artículo en la reformatoria de la LOEI.
Acoger esta observación es vital para el
desarrollo de los derechos en el país, prevenir los acosos sexuales, el micro tráfico,
violencia y las omisiones ominosas.
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Analizando en círculo de estudio la reforma a la LOEI (primer debate) |
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