- Del 1% al 8%: No se considera similitud o plagio intencional, por lo tanto, no es necesario realizar cambios en su portafolio docente.
- Del 9% al 20%: Se deberá indicar al docente que corrija o cite de mejor manera la información utilizada en la elaboración de su Portafolio Docente, en el periodo que se ha establecido. No será necesario emitir reporte formal.
- Del 21% al 30%: El área requirente debe generar el reporte y notificar al proveedor para tomar decisiones y esclarecer las fuentes utilizadas para elaborar el producto. Además de poner en conocimiento de la consultora las sanciones a las que está sujeto.
- 31% al 40% Se debe emitir un informe a la autoridad del área para la toma de decisiones y respectivas amonestaciones.
- Sobre el 40% Se analiza a detalle el caso para decidir si se otorga la corrección o en su defecto, se anulación el producto, que deberá ser enteramente re elaborado.
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